
Av. Florencio Jimenez, Km. 4 Via Quibor, al lado del Terminal de Transbarca
REGISTRADOR CIVIL: ABOGADO JEAN CARLO ADAMES RODRIGUEZ
Horario: Lunes a Viernes de 8:00 am a 12:00 m - 01:00 pm a 04:00 pm
TODOS LOS TRAMITES SON GRATUITOS
Unidad de Registro Civil
Parroquia Juan de Villegas
Presente En Toda Tu Vida
REGISTROS DE MATRIMONIOS
Para contraer matrimonio los futuros contrayentes deberán dirigirse a la Oficina o Unidad de Registro Civil correspondiente y consignar los requisitos que aquí señalan a los fines de conformar el expediente esponsalicio, una vez conformado se fijará la fecha de celebración del matrimonio.
El matrimonio sólo podrá ser celebrado ante los funcionarios siguientes
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El Alcalde o Alcaldesa, o el funcionario o funcionaria que éstos autoricen.
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El registrador o registradora civil.
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Los capitanes o capitanas de buques de bandera venezolana dentro o fuera del territorio de la República Bolivariana de Venezuela.
Los alcaldes y Alcaldesas, así como los Registradores y registradores Civiles, sólo podrán celebrar matrimonios dentro del Municipio o Parroquia, según sea el caso, en los que ejerzan sus funciones.
Requisitos para contraer Matrimonio:
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Original y copia fotostática del documento de identidad de los contrayentes.
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Acta de nacimiento de los contrayentes.
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Original y copia fotostática del documento de identidad de la o las personas cuyo consentimiento fuere necesario.
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Autorización del o los representantes legales, en caso de adolescentes, mujer mayor de 14 años de edad y varón mayor de 16 años de edad. Cuando no exista acuerdo entre los representantes, procederá la autorización del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
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Sentencia ejecutoriada de divorcio o de nulidad de matrimonio, según el caso, de uno o ambos contrayentes.
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Acta de defunción del cónyuge fallecido en caso de segunda o ulterior nupcias.Acta de nacimiento de los hijos e hijas que serán reconocidos en el acto.
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Original y copia del nombramiento del Curador Ad- hoc efectuado por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el caso de que uno o ambos contrayentes tenga hijos o hijas menores de edad.
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Poder especial, en caso de que la celebración del matrimonio sea por medio de apoderado o apoderada.
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Declaración jurada de no tener impedimento para contraer matrimonio.
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Acta de Esponsales debidamente firmada por los contrayentes.